Bienvenidos al curso online, tipo MOOC,
"Especies Exóticas Invasoras:
conceptos básicos para docentes
y estudiantes".
Mi nombre es Antonio Guillén Beltrán
y soy investigador en el proyecto
LIFE INVASAQUA en la Universidad de Murcia.
Continuamos con el módulo 3,
Nociones sobre la gestión de
las especies exóticas invasoras,
y en concreto, en este segundo
vídeo, nos vamos a centrar
en qué dice la normativa, aspectos
legales de interés relativo
a la problemática de las especies
exóticas invasoras.
Así pues, qué dice la normativa?
Pues si nos vamos al caso
de la Unión Europea,
Reglamento 1143/2014, que define el
marco legislativo y jurídico
por el que se rige la lista
de especies exóticas
invasoras preocupantes
para la Unión Europea. Este listado
prohíbe la tenencia,
importación, venta, compra, cultivo,
uso, transporte o liberación
al medio ambiente de cualquiera de
las especies exóticas invasoras
incluidas en el listado,
y además, obliga
a los Estados miembros a informar
de las observaciones
o de las detecciones
de estas especies
y a establecer medidas de gestión
en cada uno de sus territorios.
En el caso de España,
la ley 42/2007, que hemos visto
en anteriores videos,
generó un marco legislativo que
incluye en el artículo 64
el Catálogo Español de Especies
Exóticas Invasoras,
pero es el Real Decreto
630/2013 el que rige
y el que genera unas herramientas
de sanción para la gestión
de las especies exóticas invasoras.
En cuanto a la introducción o
suelta al medio natural
de especies exóticas
estas sanciones económicas,
pueden suponer una cuantía de
entre 100 y 2.000.000 euros.
Por el contrario, en otro caso,
si estas especies exóticas
son invasoras
y se encuentran en el listado
de especies preocupantes
para la Unión Europea, estas
sanciones económicas
ya empiezan desde los 3.001 euros
hasta los 2.000.000 euros.
En el caso de Portugal,
la ley 92/2019,
es la que rige la lista de especies
exóticas invasoras
y las sanciones que se proponen
por la tenencia,
comercio, introducción o liberación
al medio natural
de las especies exóticas invasoras
que pueden llegar hasta
los 37.500 euros.
Por ejemplo, ¿qué hacer si se detecta
una especie exótica invasora,
incluida tanto en los catálogos
nacionales
como europeos?
En el caso de España, debemos
ser conscientes
del territorio en el que nos
encontramos y comunicarlo
a las autoridades competentes de
las comunidades autónomas.
En otro caso también podríamos
hacerlo directamente
al Ministerio para la Transición
Ecológica y Reto Demográfico,
a través del correo
que vemos aquí. Si con cualquiera
de estos dos medios
no fuera suficiente o
no los conociéramos
podríamos acudir directamente
al SEPRONA,
Servicio de Protección de la
Naturaleza de la Guardia Civil,
y en el caso de que no conozcamos
ninguno de estos medios
el más sencillo es llamar al 112 dar
información sobre lo que se ha visto
o detectado.
En el caso de Portugal,
se puede comunicar directamente
al Instituto para Conservação
da Natureza e Florestas,
a través del correo que aparece en pantalla;
con la línea SOS Ambiente e Território,
que también es un homólogo,
parecido al 112,
pero en materia medioambiental,
o también llamar al SEPNA, Servicio
de protección ambiental de GNR.
En el caso de la Unión Europea, los
Estados miembros están obligados
a comunicar la detección de las
especies exóticas invasoras.
Hemos visto por el Reglamento
1143/2014 que esto se hace a través
de la herramienta Notification System
(NOTSYS) perteneciente a EASIN.
Y, como ciudadano individual,
también se puede hacer a través
de la aplicación Especies Invasoras en Europa
que veremos más adelante
en el módulo 4,
cómo hacerlo.
En resumen, las normativas
prohíben el comercio,
la tenencia y suelta en la naturaleza
de las especies exóticas invasoras
catalogadas en los diferentes
territorios.
Los sectores involucrados,
como el comercio,
de mascotas, la
agricultura, la pesca, etc,
deben estar al tanto de la normativa
que regula sus actividades
para no incurrir en sanciones
económicas.
Los países de la Unión Europea,
como hemos visto, tienen diferentes
puntos de contacto:
los ministerios, las diferentes
Comunidades Autónomas,
servicios de protección de la
naturaleza, para facilitar,
informar y reportar avistamientos
sobre especies exóticas invasoras.
En España y Portuga
Existen diversas entidades
nacionales y autonómicas
a las que dar aviso.
Terminamos así este módulo
3 de nociones básicas
sobre los aspectos de gestión
de las especies exóticas invasoras
y os esperamos en el módulo 4
para saber qué se puede hacer
de forma individual o colectiva
para mejorar la gestión
de las especies exóticas invasoras.